Modulaciones de la propiedad y omisión de localidad en las plataformas digitales.





Relación humano-medio, vida pública-artefacto

Cultivo de Automatas celulares (2011), una expresión de aquel ecosistema del
back-end, un habitat de algoritmos, lenguajes y flujos de datos en clusters
de una inteligencia artificial.
En términos tradicionales, existen dos palabras importantes para este trabajo (ecología, economía) pues poseen la misma raíz etimológica en οἶκος (oikos), que significa casa, habitación o el lugar donde se habita y se vive; estas dos palabras son clásicamente las dos fuentes de desorden que el ser humano en su actividad combate, pero también son las áreas de impactos negativos de la actividad humana, donde también el ser humano interviene para generar mayor entropía. Tienen en común el orden lingüístico, tanto como el desorden de los impactos antrópicos.

Cuando se estudia la ecología (como el estudio del medio habitado) se toma como objeto de estudio aquellas interacciones entre los humanos, animales, plantas y demás seres, con el medio en el que habitan que se convierte en el único lugar de donde pueden obtener sus alimentos, refugio y demás necesidades; también es un estudio de la ecología aquellas cosas que no corresponden a seres animados macrocelulares, pero que poseen también una ontología propia (el agua, la tierra, la luz, el agua, la radiación de los rayos cósmicos), y la mirada se dirige rápidamente a su forma de ordenamiento ontológico (fluidez, hidratación, meteorización, radiación, mineralización, etc). 

De forma similar, cuando se habla de economía (el estudio de la administración de lo habitado), el objeto de estudio se orienta hacia todas las áreas de la actividad humana que poseen intercambio monetario, o en su vertiente más general, aquellas áreas racionalizadas e historizadas por las personas y que se debaten entre la existencia de recursos, distribución y uso, criterios que muchas veces se contradicen; más que acerca del orden de lo habitado y su estudio, en la economía se habla de aquellas normas de administración. Para estas dos vertientes con una misma raíz, lo natural y lo artefactual poseen un mismo nivel de relación con las personas, son recursos capaces de ser mejorados y mejor aprovechados por medio del proceso que describe esta antropología del desarrollo, asimismo son parte del medio que los circunda y les rodea, les implica y resignifica.

La propuesta de los autores que analizan las nuevas ontologizaciones de lo artefactual con el surgimiento del internet y los medio digitales, es revisar aquellos límites franqueables entre lo que es el uso de la tecnología y la dependencia de la misma; en esta relación antropológica, lo que se encuentra en juego es el estatus de las personas como seres humanos historizados frente a los artefactos y no solo abstraídos como posibles super-seres tecnologizados o sobre-entidades digitales. 

En esta discusión, la propuesta desde la defensa de los commons, del commonismo o del commonfare [1](Terranova, 2018, p.94) no solo tiene que ver con la redefinición de la ubicuidad del estado y la estructura de gobierno económico, sino en la redefinición de que es aquello que se considera colectivo, y que más allá de su proveniencia privada, valorado de uso público y de derecho público; la novedad en esto es que los medios digitales proveen una nueva forma de dar valor a estos bienes comunes sin pasar por la tragedia, de señalar qué de los nuevos fenómenos son de patrimonio común y si estos no son convertidos en consumo, de cumplir la teleología sobre este beneficio, de que las personas “inventan nuevas maneras de alcanzarlo”(Ibid).

Entendiendo que la sociedad moderna se encuentra experimentando cambios constantes y de los cuales surgen nuevas interacciones en los medios “lo público y lo privado”, en las que los límites parecen disolverse en una coyuntura tecnológica que se ha aferrado a un ecosistema virtual, en donde el acceso a la información y medios digitales flaquea con respecto a los medios de apropiación desde dentro y fuera, redefiniendo la interacción entre quien consume y a quien regula ese tránsito de consumo, su libertad de acceso, el reconocimiento de autoría, el uso de los datos generados, entre otras, generando así nuevas dinámicas en la sociedad.

Este ensayo se desarrollara sobre el cómo se dan las relaciones en el ámbito nacional e internacional acerca de impactos y ventajas que proveen las plataformas digitales como una nueva economía en sentido amplio de identificación de recursos, distribución y uso; el primer tema es con respecto a la disponibilidad de la cultura a través de plataformas abiertas al público y las controversias que eso supone para la propiedad intelectual de autores que no siempre se encuentran amparados en modelos corporativista de la cultura. 

El otro tema tiene que ver con la problemática que proviene de la interacción a un nivel local de estas plataformas con el vacío regulatorio y legal de las actividades lucrativas que suponen; lo que Srnicek (2018) llama sharing economy o gig economy.

Estos dos principio se relacionan ampliamente con el gobierno de los comunes y aquella vieja tragedia acerca de que sí lo común no se monetiza, se deteriora; o el sentido común difuso acerca de que lo colectivo y lo público son una carga asumida por algunos para el disfrute de otros que no asumen su costo y se benefician como usuarios libres e indirectos de la contribución general; en general sobre la nueva situación de los comunes y del ser humano rodeado de una nueva ecología monetizada y digitalizada, las plataformas son el nuevo surround en el cual se vive, mientras los algoritmos administran esos comunes para fines ocultos a los usuarios, de forma privada, lejos de la noción de los commons.

Así como lo señala la CEPAL (2018), el interés en los commons es manifiesto en el internet de las cosas, ya que este se constituye en “un ecosistema habilitado por un conjunto de tecnologías en el que la creación de valor deriva del análisis de datos generados por dispositivos y el desarrollo de soluciones innovadoras que apuntan a crear eficiencia y bienestar” (p.27). El internet de las cosas y la interconectividad, está diseñado entonces, y a criterio de la Cepal, para dar paso a un orden post capitalista propio del pensamiento aceleracionista y a un sistema basado en el Commonfare.

Si bien para propuestas oficialistas de los organismos internacionales, existen diferentes tecnologías asociadas a la conexión de internet, de consumo y uso industrial (CEPAL, 2018), estas deben regularse de forma diferente de acuerdo al uso al que estén orientadas; esto da a entender que el uso general de las plataformas que posibilita el internet de las cosas puede ser problemático si se regula de una manera única.

En otro informe acerca de las brechas digitales, el acceso diferenciado a internet por variables de género, edad, educación y ubicación geográfica, hace énfasis en que la interconectividad en el internet de las cosas es también un fenómeno de política pública, debe ser asimilado bajo criterios que faciliten el acceso universal a las tecnologías desprendidas del uso de internet; además de la conversión del trabajo en precario que señala Srnicek (2018) como un riesgo de la economía colaborativa; un reporte promovido por la UNESCO señala como potencias de la difusión digital, la probabilidad de:

“1) acelerar el crecimiento económico, y de tal modo contribuir a reducir la Fuente: Oficinas nacionales de estadística. 2) promover eficiencia en la administración de los recursos públicos, incluyendo las prestaciones de educación, salud y protección social; y 3) generar un efecto de inclusión social que promueva la transparencia de gobierno y la calidad de las políticas públicas” (Galperín, 2017, p.16-17)



Estos últimos informes, son parte de los acercamientos que se dan sobre el abordaje de estas nuevas interacciones que se generan en la sociedad, de esas ideas se buscará abordar entonces la importancia que se dan en el uso del internet y sus plataformas de acceso y a su vez las contradicciones y desventajas que surgen en las dinámicas público/privadas y el uso de los datos generados en el tráfico de información en internet. Acercándose así a temas como la disponibilidad y el uso abierto, su autoría y los vacíos regulatorios.

La propiedad en el nuevo ecosistema de las cosas:

En la literatura económica tradicional, la definición estricta de los commons se encuentra en la intersección entre el financiamiento privado y el uso público de cualquier bien; en el ámbito de interconexión tecnológica aquello que es público adquiere una nueva dimensión no física, sino en el campo de los datos masivos y la información personal o acerca de temas atinentes al dominio público.

En ese sentido los datos masivos a los que alude Terranova (2018) son el nuevo dominio público, y desde este enfoque de la Big Data se desprende la crítica hacia que estos datos se administran por el nuevo capital fijo de la economía colaborativa, los algoritmos; es decir lo público se administra de forma privada desde un back end, pero además los usos de esta información son también capaces de ser privatizados y capitalizados bajo dinámicas de producción de los objetos de consumo.

El capitalismo de plataformas (Srnicek, 2018) es un posibilitador del internet de las cosas y de este uso privado de los datos públicos, por lo que la ilusión de los commons como derecho de comunicación se limita al uso de front-end, la interacción usuario-plataforma, donde muy pocas veces los datos procesados en back-end son devueltos para uso público y toma de decisiones bajo el ideal de definición de necesidades públicas que obedecen más a la visión del Commonfare.

Los datos comunes entonces, no son tan comunes, no son propiedad de quienes los producen pues no pueden disponer de ellos, ni mucho menos venderlos como materia prima de los algoritmos; de manera análoga lo productores culturales inmersos en el ecosistema del internet de las cosas disponen de las facilidades de difusión de sus productos culturales por medio electrónicos, pero pierden la capacidad de capitalizar sus derechos de autoría si no están centralizados o corporativizados.

La doble problemática está presente en la diagnosis que hace la CEPAL sobre la situación ecosistémica del internet y los objetos interconectados, al decir que en el espacio del back-end u operabilidad oculta donde operan los algoritmos informáticos se deben propiciar regulaciones que, “además de respetar la privacidad, permita su uso compartido mediante lineamientos claros y públicos que incluyan el consentimiento de los usuarios, atiendan su preocupación por el uso de datos sensibles y eviten restricciones al desarrollo de la Internet de las cosas”(p.41)

En Costa Rica hay varias leyes que regulan y reforman temas acerca de la propiedad intelectual y manejo de documentos administrativos o no publicado que se remontan a finales de los 90s y principios de los 2000; según los cuales se articulan también los derechos de autor acerca del control de la información producida por medio de diferentes soportes.

Sin embargo no se encuentra especificado el uso de información en plataformas digitales, hasta que los proyectos de ley que intentan regular los sectores de la Sharing economy dedicados al alojamiento y transporte; en estos incluso se les ve como un potenciador de la economía del turismo y la actualización del modelo de transporte, claro está, bajo la intención de regulación taxativa, no bajo una figura de libre comercio desregulado.

El problema representado en términos de un proceso de estabilización local y no del diseño tecnológico de la plataforma a nivel internacional, es el de la equidad (como valor y principio económico) ante los diferentes modos de producir valor a partir de una propiedad (habitación-alojamiento, automóvil-medio de transporte); es decir del comercio regulado y el comercio desregulado que es típico de la sharing economy, bastante atractivo después de las crisis del 2008 y la desindustrialización mundial (Srnicek, 2018), además de por su facilidad de uso a través de plataformas.

Se sabe que por ejemplo estas formas de producir valor responden a una situación económica particular, de fácil acceso por medio de un front-end como las aplicaciones y la información que se intercambia por medio de estas, entre usuario y quien presta un servicio; sin embargo en el back end no se muestran atisbos de regulación, o de cómo lograrla más allá de la regulación como economía de frente.

El fenómeno de los capitales fijos de los algoritmos, no representan una base imponible para las leyes que pretendían regular los servicios antes mencionados, ni siquiera un fenómeno a regular de manera activa por medio de leyes pues según Flores (2019), la regulación se establece con respecto al IVA y en un reglamento de la ley de impuestos no, en una ley propia.

Ante esto el problema de la inequidad económica es visible con respecto al funcionamiento de estas plataformas y los permisos que necesitan las otras modalidades tradicionales de prestación de servicios en estos sectores; así mismo en un inicio el problema de la piratería y la propiedad intelectual se agrava con la conectividad a internet y las plataformas de streaming.

Aquellos usos comunes de la información quedan sujetos a los algoritmos y la interoperabilidad de las corporaciones de Plataformas digitales trnasfronterizas (Flores, 2019 en CR.HOY). Desde el MICCIT (2019) se abre esta discusión por medio de lo que podría llamarse provisionalmente una clausura retórica de la problemática, pues se lanza una campaña de ciberseguridad que se enfoca en aquellos datos de uso personal y digital (Biométricos); sin embargo se hace por medio de recomendaciones de uso personal de la información y no por medio de la regulación de los datos y procesos que ocurren en el Back-end de las aplicaciones, se dice que el enfoque está en:

“peligros en las redes sociales; ciberseguridad para no tecnólogos; uso de contraseñas seguras; seguridad en el uso de internet en los hogares, en el uso de dispositivos móviles; ciberseguridad en el uso de dispositivos móviles en el entorno laboral; protección de datos personales; definición de malware, phising y protección de datos”(MICITT,2019 )

El internet de las cosas se basa entonces en la interconectividad de objetos bajo un diseño exterior (front-end) del software y un diseño interno (backend) en el cual este ámbito se encarga del procesamiento de datos que puede ser devuelto a los usuarios; el back-end es el nuevo desafío para los commons ya que es la ecología propia de los algoritmos informáticos de los que habla Terranova (2018) y de la apropiación de la información. En ese sentido el valor que introducen las elecciones de los usuarios puede definir qué son los nuevos commons, bajo dinámicas invisibles a estos y sumamente apropiables para un diseño pecuniario de la información, asiasí como el resultado de esta y su reconversión en objetos de consumo.

La propiedad intelectual, es una de esas dobles discusiones acerca de la colectividad que se le atribuye al conocimiento y a la cultura, pero también como derecho de ejecución, autoría y de exposición; el peligro que introduce la reapropiación, enfrentaba y todavía lo hace, a los productores de arte con sus consumidores, aún en un medio descentralizado y de corporativizado en el que sus derechos adquiridos por autoría y la demanda por la liberalización y difusión libre se encuentran aún en fricción

En ese sentido, la propiedad intelectual nace como regulación y protección para aquellos productores culturales que se enfrentan a las nuevas posibilidades y riesgos de la liberalización de la información; es un común que rápidamente entra en discusión con los diseños de las plataformas de streaming como Youtube, Soundcloud, Spotify.


Esta situación como resultado de las nuevas bases económicas descentralizadas que permite el capitalismo de plataformas, puede verse resuelto en cierta manera a partir de la monetización de estas plataformas y el esquema de producción de valor y cobro por parte de las mismas, así como de el acuerdo entre productores culturales y corporaciones para la exposición cultural monetizada.



Conclusiones:


En términos generales, para la propiedad se encuentran nuevos usos y nuevas formas de incertarla como medio para producir valor a bajo costo administrativo y económico, por lo que la existencia de las plataformas no es solo una manera de extraer valor bajo posibilidades antes no existentes; si bien los promotores se vales de un modo no regulado de prestación de servicios para abaratar costos y generar ganancia corporativa por medio de apps como las de sharing economy, estas también benefician a quienes las utilizan para sí, en detrimento de la economía formalmente constituida localmente, de ahi el surgimiento de las nuevas regulaciones de aplicaciones de alojamiento y transporte.

Asi mismo la adminstración de los espacios comunes existentes fisicamente digitalizados (wifi público, vigilados por redes sociales, digitalización administrativa, etc), así como los existentes en la virtualidad suponen un espacio publico y privado al mismo tiempo que solo es posible de leerse bajo la categoría de un común o propiedad de los colectivos (commons); donde la información patrimonio de esos colectivos de usuarios y habitantes esta al borde de la privatización continuamente como medio de producción crematistica apartir de los datos masivos que se desprenden de esta ecologia digital de las cosas. Así como lo mencionan Srnicek (2018) y Terranova(2018) bajo el signo del peligro de la venta o uso comercial de los datos masivos en la nueva economia de datos.

La ecologia digital de las cosas, podría ser un termino que explique la situación hipotética a la cual los modelos de sharing economy, de hogares inteligentes, asi como las de ciudades inteligentes desean llegar con la implementación de objetos interconectados dentro de los hogares, estos a su vez insertados en una ecologia digitalizada; mas allá de los impactos para el ambiente que posean estas relaciones con el mundo inteligibles digitalmente. Los hogares y el orden de lo habitado, se convierte materialmente (o se convertiria) en una ecosistema tecnosocial (Terranova, 2019); el oikos es entonces verdaderamente un espacio de interacción digital que a su vez redefine la manera en que se administra la economía doméstica, que por medio de plataformas de alojamiento o transporte ofrece alternativas de rentabilidad de bienes que antes aparecian regulados localmente (Legislación costarricense).

Lo importante son las interacciones con la propiedad intelectual de los contenidos no corporativizados que llevan a una relación de oposición con le publico que puede ser sujeto de uso indiscriminado y pirateria, lo cual remite a una propiedad privada del contenido, mientras que la propiedad común de los lugares digitales y fisicos se encuentra aun bajo un peligro mayor y mas indirecto (con menos margen de impedimento); ambos tipos de propiedad de encuentran bajo un riesgo informático en el back end tanto como en el front end[2] (mas visible con el uso indiscriminado de contenido con propiedad intelectual)

Existieron grandes problemas asociados al uso de las plataformas digitales, en primero lugar en las plataformas de economía colaborativa se dio una desregulación en Costa rica pues este tipo de comercio no esta estipulado en ningún acuerdo internacional, por lo que ocupa un status de actividad no taxativa; además de esto, supone una problema para la propiedad intelectual de los productores culturales y de contenido, porque a la vez que permite la difusión, esta no produce ingresos hasta que se habilita la venta y monetización dentro de las plataformas de streaming. 
Este hecho supone una clausura por redefinición del problema (Callon,1990), ya que la controversia acerca de la propiedad del contenido es solucionada parcialmente; de cierta forma se hace no sin antes tener ciertas constricciones, en Youtube, se pide tener una cierta cantidad de público de un canal que produzca contenido, ya que la monetización se realiza por publicidad. 

En otras plataformas como Spotify a la que se le vende el contenido, se encargan de recibir ingresos por publicidad o suscripciones que si bien no son pagadas a los autores, sirven para la compra de contenido.

El capitalismo de plataformas, se basa en la disminución de los costos de operación para maximizar ingresos por prestación de servicios, además de tener un bagaje de algoritmos operando en el Back-end de las aplicaciones, extrayendo datos que atentan con la seguridad y los ideales de un sistema social y económico basado en el commonfare; en Costa Rica el peligro mostrado por este manejo y disponibilidad de datos que representa el internet de las cosas, es abordado como si de una decisión y responsabilidad propia se tratara, de acciones individuales y de cuidado propio que no tienen nada que ver con un ataque frontal a los algoritmos que pueden estar estibando información para usos desconocidos y sin consentimiento del usuario.

El estatus de los individuos y los colectivos en este nuevo ecosistema compuesto por artefactos en la internet de las cosas, recrea una serie de ambiente que predispone ciertas relaciones de disponibilidad continua, esto significa que las personas inmersas en este ecosistema artefactual se encuentran disponibles para el algoritmo capitalista de igual forma que para las otras personas; su trabajo se puede expandir hacia los espacios vitales que antes representaban descanso. 

Para nuevos trabajo que surgen de estas plataformas, se inhibe la comunicación entre colaboradores, pues estos se limitan a prestar servicios de transporte o alojamiento; de cierta manera desdibuja e invierte algunas características de la información personal, lo que antes era información personal se vuelve pública, pero sus usos en el backend de las plataformas son privatizados.

Los productores culturales descorporativizados se enfrentan a la nueva situación a la que los arrojan los medio digitales, hacerse un público medible por suscripciones o likes, o cantidad de reproducciones; antes de alcanzar el estatus de monetización, el público es un enemigo hostil al cual dominar.

El capitalismo de plataformas se compone por medio de estas infraestructuras digitales con un ecosistema para los usuarios y otro ecosistema en los servidores; son típicamente redes tecno-económicas (Callon, 1990) en las que confluyen el intermediario-dinero con los actores que les dan actualidad a las plataformas. Estabilizan una especie de relaciones entre usuarios, quienes prestan servicios y por supuesto una nueva forma de uso liberalizado de la propiedad, excepto la de los datos propios que se encuentran en bases de datos del ecosistema back-end de empresas con un gran control sobre sus datos como Facebook, Youtube, Instagram.

Sin embargo algunas arquitecturas digitales de las plataformas están hechas para permitir una interacción con un margen bastante amplio de los actores y que de cierta manera propician una cierta relación hostil inicial en la que llevan sus usuarios a dominar a su público de Youtube (por el requisito de monetización); la estabilización del diseño de la plataforma tiene que ver con la relación con la venta corporativizada del contenido bajo derechos de autor, pero también con la estabilización de la relación usuario-busca de dinero-plataforma-público, la cual no se da de una vez y para siempre para todos los productores de contenido, sino que deben pasar por la dominación de su público, por la relación hostil de engagement que los estabilice como productores de consumo; esta relación puede ser un efecto local de la estabilización general de la red tecno-económica de esta plataforma específica.




Notas:
[1] Palabra compuesta por Commons en términos de información pública para la administración de las necesidades y Welfare  que es el estado de bienestar, su institucionalidad y forma económica. Terranova la cita en su texto a partir de otro autor
[2] El front-end se refiere a las plataformas digitales y su interfaz de usuario, el cual posee un lenguaje informatico que corre en las terminales donde se encuentra el usuario; el back-end es aquellos mecanismos de administración con lenguaje informático y algoritmos que corren en los servidores y bases de datos de las empresas o del propietario de las aplicaciones. La CEPAL llama la atención sobre el interés económico en las aplicaciones que trabajan con el back-end y sus usos industriales tanto como para el beneficio común.

Bibliografía:


Articulos:
Callon, M. (2001). Redes tecno económicas e irreversibilidad. Revista Redes, vol 8, num 17, Junio. Universidad Nacional de quilmes. Buenos Aires, Argentina.

Terranova, T(2018) Marx en tiempos de algoritmos. Revista Nueva sociedad. vol.277, setiembre-octubre. Disponible en: https://nuso.org/media/articles/downloads/6.TC_Terranova_277.pdf

Pinch, T & Bijker, W (2013) La construcción social de los hechos y de artefactos: o acerca de cómo la sociología de la ciencia y la sociología de la tecnología pueden beneficiarse mutuamente. En Actos, actores y artefactos: Sociología de la tecnología. compilado Hernán Thomas y Alfonso Buch. Universidad de Quilmes

Documentos institucionales:

SNIJ-Gaceta (8 de febrero de 2019) REFORMA AL SISTEMA DE TRANSPORTE REMUNERADO DE PERSONAS Y REGULACIÓN DE LAS EMPRESAS DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS DE TRANSPORTE. Expediente N.º 21.228. disponible en: https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2019/02/08/ALCA29_08_02_2019.pdf

SNIJ-Gaceta (1 de octubre de 2018) LEY MARCO PARA LA REGULARIZACIÓN DEL HOSPEDAJE NO TRADICIONAL Y SU INTERMEDIACIÓN A TRAVÉS DE PLATAFORMAS DIGITALES .Expediente N.° 20.865. Disponible en: https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2018/10/01/ALCA175_01_10_2018.pdf

Libros:
CEPAL (2018) Datos, Algoritmos y políticas: La redefinición del mundo digital. Publicación de las Naciones Unidas. Santiago, Chile. Disponible en: https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/43477/7/S1800053_es.pdf

Galperin, H (2017)Sociedad Digital: brechas y retos para la inclusión digital en América latina y el Caribe. Policy Papers UNESCO. Montevideo, Uruguay. Disponible en: https://ugc.futurelearn.com/uploads/files/2b/c6/2bc6ed1e-82e0-4b08-a995-628a94fdff42/PolicyPapers-Ministros-BrechaDigital-ES-VOCT.pdf

Ostrom (2000) El gobierno de los comunes: La evolución de las estructuras de acción colectiva. Fondo de cultura economica. Mexico. Dsiponible en: https://www.crim.unam.mx/web/sites/default/files/El%20gobierno%20de%20los%20bienes%20comunes.pdf

Notas periodísticas:
Flores, B(3 de Junio de 2019) Hacienda dice como cobraria IVA a nNetflix, Spotify y mas. Diario CRHoy. Disponible en: https://www.crhoy.com/economia/hacienda-dice-como-cobraria-el-iva-a-netflix-spotify-y-mas/

Video:
Tiziana Terranova (14 de junio de 2019) Infraestructura tecno social. Charlas del futuro 2019 . Disponible en : https://www.youtube.com/watch?v=USCviaHRNMs

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